organismo intergubernamental
532 Visualizaciones

CG: n

CA: Ciencias Sociales y Jurídicas

CT: En 1951 la Organización de los Estados Americanos, cuando era Secretario General el Dr. Alberto Lleras Camargo, más tarde presidente de Colombia, decidió crear un organismo intergubernamental responsable por la promoción, apoyo y coordinación del combate de la fiebre aftosa en América. La preparación del proyecto se encargó a la Organización Panamericana de la Salud y al Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas. Así nació el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa, como un Proyecto de Cooperación Técnica de la Organización de los Estados Americanos.

F: OPS – https://iris.paho.org/handle/10665.2/50420 (consulta: 20.11.2020)

DEF: Modo de designar al órgano de una organización internacional integrado exclusivamente por representantes gubernamentales, a diferencia de otros órganos compuestos por personalidades independientes.
F: DPEJ – https://dpej.rae.es/lema/organismo-intergubernamental (consulta: 20.11.2020)

N: 1. – organismo (nm): Del inglés organism, y este del latín medieval organismu(m) [del latín orgănum, y este del griego ὄργανον órganon ‘órgano’ + -ισμός –ismo(s) ‘proceso’]; existe como término biológico desde 1706, antes como ‘conjunto de voces’.
. Conjunto de leyes, usos y costumbres por los que se rige un cuerpo o institución social.
– intergubernamental (adj): Formado por el prefijo «inter-» (del latín inter- ‘entre’, ‘en medio’ o ‘entre varios’) y la palabra «gubernamental» (del verbo ‘gobernar’, del latín gubernāre, y este del griego κυβερνᾶν, kybernân; propiamente ‘pilotar una nave’. Relativo al Gobierno del Estado).
. Que afecta a varios Gobiernos o se desarrolla entre ellos.
2. No hay resultados en el CORDE, pero sí en el CREA. Año: 1986. Autor: Prensa. Título: El País, 01/04/1986: EE UU amenaza a la CE por la supresión. País: España. Tema: 01.Industrias diversas. Publicación: Diario El País, S.A. (Madrid), 1986.
No hay resultados en el Nuevo Tesoro Lexicográfico de la Lengua Española (NTLLE), ya que habría que realizar la búsqueda por separado, es decir, descomponiendo el término.
3. Un organismo intergubernamental cuenta con una asociación de Estados, establecida por un acuerdo entre sus miembros y dotada de un aparato permanente de órganos, encargado de perseguir la realización de objetivos de interés común por medio de una cooperación entre ellos.
4. Los organismos intergubernamentales se caracterizan porque sus miembros son los Estados, representados de forma habitual, pero no exclusiva, por sus Gobiernos. Esta presencia de los Estados en la génesis, evolución y extinción de toda OIG es el fundamento de sus principales potencialidades y limitaciones como actores internacionales y, en todo caso, permite cualificarlas respecto de aquellas otras formas de organización en las que sus miembros son colectividades no estatales.
5. Para los organismos intergubernamentales existe una clasificación según el criterio funcional.
Dicho criterio distingue los organismos intergubernamentales atendiendo a las funciones o finalidades que tratan de alcanzar y para las que se constituyeron. Se puede diferenciar entre los organismos de funcionalidad general o política y los organismos de funcionalidad técnica o específica.
Las primeras desempeñan unas funciones diversificadas que afectan al conjunto de cuestiones y relaciones existentes entre los países, por lo que ningún campo de acontecimientos internacionales les permanece vedado, traduciendo con ello una significativa voluntad política de cooperación entre sus miembros. Ejemplos de esta categoría lo constituyen la Sociedad de Naciones, la ONU, la OUA o el Consejo de Europa.
Los organismos con una funcionalidad técnica o específica se caracterizan porque sus competencias y objetivos se orientan al tratamiento de problemas y relaciones concretas entre sus miembros, o bien a la prestación de un limitado número de servicios internacionales. Ejemplos de dichos organismos son la UPU, la OIT, la OMS, la CECA, el Pacto de Varsovia, etcétera.
6. Los organismos intergubernamentales destacan, puesto que en ellos los Estados miembros ejercen un importante condicionamiento o tutela sobre los poderes y funciones del organismo, en la medida en que sus decisiones y actos deben ser refrendados políticamente por los estados miembros para alcanzar eficacia, y ello en virtud del hecho claro de que los Estados no han renunciado de forma permanente a las correspondientes parcelas de su poder soberano.
7. Organismos intergubernamentales en Europa:

  • Unión Europea
  • Asociación Europea de Libre Comercio
  • Consejo de Europa
  • Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa
  • Comunidad de Estados Independientes
  • Naciones Unidas

8. Existen distinciones que se tienen que tener en cuenta en cuanto a las organizaciones:
Las organizaciones no gubernamentales, un término que se utiliza para referirse a organizaciones como Cruz Roja, Amnistía Internacional, o Médicos Sin Fronteras. Dichas organizaciones tienen objetivos internacionales y tienden a enfocarse más en cuestiones mundiales a niveles particulares en lugar de problemas de Estado a niveles sistémicos. Por lo tanto, organización internacional se ha convertido en un término menos específico. Por lo tanto, ahora se favorece el uso de organización intergubernamental (OIG) y de organización no gubernamental (ONG) para garantizar la claridad.
Las organizaciones internacionales modernas son de dos tipos básicos, la variedad «pública» conocida como organizaciones intergubernamentales (OIG) y la variedad «privada», organización no gubernamental internacional (ONG).
9. La FAO es un organismo intergubernamental muy conocido. Uno de sus mayores logros fue el Derecho a la Alimentación en 2004, un hito en la realización del derecho humano a una alimentación adecuada. Esto se realizó a través de la adopción por consenso del Consejo de la FAO de las Directrices del Derecho, lo cual fue fundamental para atacar de raíz las causas del hambre y la malnutrición.
El derecho humano a una alimentación adecuada (DHAA) conlleva, entre otros, el acceso a los recursos que faciliten la producción, la obtención o la compra de alimentos suficientes, no solo para prevenir el hambre, sino también para garantizar la salud y el bienestar de manera sostenible y duradera. Para ello, es necesario construir un entorno económico, político y sociocultural que permita a las personas alimentarse con dignidad por sus propios medios.

F: 1. DLE – https://dle.rae.es/organismo?m=form, https://dle.rae.es/inter-?m=form, https://dle.rae.es/gobernar?m=form (consulta: 25.11.2020); DTMe – http://dtme.ranm.es/buscador.aspx?NIVEL_BUS=3&LEMA_BUS=ORGANISMO  (consulta: 25.11.2020). 2. CORDE (consulta: 27.11.2020); CREA (consulta: 27.11.2020); NTLLE – (consulta: 27.11.2020). 3 a 6. UCM – https://www.ucm.es/data/cont/media/www/pag-55159/lib1cap9.pdf (consulta: 27.11.2020). 7 a 8. MP – https://www.monografias.com/trabajos89/nociones-diferencias-organismos-internacionales/nociones-diferencias-organismos-internacionales.shtml#organizace (consulta: 25.11.2020). 9. FAO – http://www.fao.org/right-to-food/news/news-detail/es/c/1204634/ (consulta: 26.11.2020).

SIN: 1. organización internacional (OIG). 2. organización intergubernamental. 3. organismo internacional.

F: 1 y 2. UCM – https://www.ucm.es/data/cont/media/www/pag-55159/lib1cap9.pdf (consulta: 27.11.2020). 3. MP – https://www.monografias.com/trabajos89/nociones-diferencias-organismos-internacionales/nociones-diferencias-organismos-internacionales.shtml#organizace (consulta: 26.11.2020).

RC: crimen de guerra, crimen de lesa humanidad, derecho de la guerra, derechos humanos, derecho internacional humanitario, derecho penal internacional, desaparición forzada, Estado, Estado miembro, Gobierno, organización, organización humanitaria, organización internacional, organización no gubernamental, seguimiento y evaluación, servicios sociales, violación de los derechos humanos.