abogado, da
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CG: nm, nf

CA: Derecho; Educación.

CT: Los abogados, una figura jurídica más fácilmente reconocida, son los profesionales que se encargan de la defensa del cliente. Son las personas que diseñan la estrategia de defensa de sus clientes en búsqueda de justicia, preparando toda la documentación imprescindible para intentar persuadir el fallo del juez a favor de los intereses de su cliente. Además de defender clientes en los tribunales, pueden ejercer funciones de redacción de contratos, mediación y arbitraje en conflictos, asesoramiento legal preventivo, etc.

En definitiva, la principal diferencia entre abogado y procurador [estriba en] las tareas que realizan para el cliente. Estas dos funciones son incompatibles entre sí. El abogado no puede ejercer el papel de representación (siempre que el proceso requiera la figura de un procurador) y de igual manera el procurador no puede ejercer las labores de defensa de su cliente propias de un abogado, como por ejemplo el interrogatorio de testigos

F: CESCC (consulta: 28.05.2020)

DEF: Profesional del derecho cuya actividad, sometida a requisitos académicos y legales, puede consistir en prestar asesoramiento jurídico, dar forma a la voluntad de su cliente de modo que pueda producir efectos jurídicos (redactando convenios y acuerdos) o defender sus intereses representándolo en negociaciones con terceros, en procedimientos administrativos y en juicios ante los tribunales.

F: DEJ – https://dej.rae.es/lema/abogado-da (consulta: 28.05.2020); DPEJ (consulta: 30.11.2025).

N: 1. Del latín advocātus ‘consejero, abogado’.
ABOGADO, 1.ª mitad del S. XIII. Del latín advocatus íd., participio de advocare  ‘convocar’, ‘llamar en calidad de abogado’, derivado de vocare ‘llamar’.
Derivados. Abogar, mediados del S. XIII. Abogacía, 1436. Advocación, 1438, tomo del latín advocatio ‘acción de llamar como abogado o protector’ .

  • m. y f. Profesional del derecho que presta asesoramiento jurídico y está habilitado para actuar ante los tribunales o entidades administrativas.
    Sinónimos: letrado, da; defensor, ra; jurista, jurisconsulto, ta; jurisperito, ta; legista; picapleitos; leguleyo, ya.
    Antónimo:
    acusador, ra.

2. La primera vez que aparece en un documento recogido por el CORDE es p 1236 – 1246. Autor: Gonzalo de Berceo. Título: Loores de Nuestra Señora. País: España. Tema: 22 clerical. Publicación: Nicasio Salvador Miguel, Espasa-Calpe (Madrid), 1992.

Según el Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española (NTLLE), aparece por primera vez en el diccionario NEBRIJA de 1495.

No hay resultados en el Diccionario histórico de la lengua española (DHLE).

3. Además de la definición proporcionada en esta ficha terminológica, el Diccionario panhispánico del español jurídico (DPEJ) proporciona otras dos acepciones con la siguiente información:

  • Derecho canónico. El derecho canónico mantiene la regla general de libertad en la designación de abogado y admite la posibilidad de que la parte actúe personalmente sin necesidad de abogado, excepto que el juez lo considere necesario (CIC, c. 1481 § 1) y por prescripción del derecho, en los juicios penales (c. 1481 § 2) y en los contenciosos, cuando la parte es menor de edad o entra en juego el bien público (c. 1481 § 3). Las causas matrimoniales tramitadas por procedimiento contencioso son una excepción, pues se admite que la parte actúe personalmente, y también que demandante y demandado nombren en común un abogado (Dignitas Connubii, art. 102).
  • Derecho procesal; Ecuador. Profesional, incorporado al Foro y en goce de los derechos de participación política, legalmente autorizado para patrocinar una causa.
    Código Orgánico de la Función Judicial, art. 324.

4. Desambiguación terminológica entre términos próximos o afines:

– «abogado, da» y «procurador, ra».

  • Las diferencias entre abogado y procurador son sustanciales. Uno y otro son trabajadores del derecho, pero cada uno desempeña una tarea diferente. El abogado es el profesional dedicado a la defensa de personas en un juicio, entre otros servicios. Por su parte, el procurador se encarga de toda la documentación del juicio y de informar a las partes. Dicho de otro modo, este último mantiene la comunicación entre el juzgado y los abogados.
    Los abogados no solo trabajan en juicios. El abogado es uno de los profesionales con más funciones y con mayor presencia en todas las empresas como asesor o consejero.

  • El Diccionario panhispánico del español jurídico (DPEJ) proporciona la siguiente definición del lema «procurador, ra»:
    Profesional del derecho que, estando en posesión del título universitario habilitante para su ejercicio y, en general, de la colegiación obligatoria, se encarga de la representación procesal de las partes en litigio ante los juzgados y tribunales y, singularmente, a través de quien se realizan los actos de comunicación procesal con las partes personadas.

– «abogado, da» y «letrado, da».

  • En la actualidad, el término letrado (del latín litterātus ‘marcado por letras’) conserva su significado original, de manera que se aplica a quienes poseen un conocimiento amplio en algún campo. No obstante, sigue siendo un vocablo polisémico, de manera que también se usa como sinónimo (más bien cuasisinónimo, en sentido estricto) de abogado, para referirse a los licenciados en Derecho. Así pues, un abogado siempre será un letrado, pero no todos los letrados son abogados.
  • En el ámbito del derecho, se recomienda limitar el uso del término «letrado» a los procesos judiciales. Por tanto, es habitual que un juez se refiera al abogado como letrado en medio de un proceso judicial, pero no es común que el cliente utilice esa palabra para designar a su abogado. El término letrado también se usa para referirse a los juristas de las instituciones públicas o a los asesores jurídicos de las sociedades o empresas.
  • El Diccionario panhispánico del español jurídico (DPEJ) proporciona tres acepciones con la siguiente información respecto al lema «letrado, da»:
    1. General (común a varios ámbitos del derecho). Abogado.
    2. General (común a varios ámbitos del derecho). Asesor jurídico.
    3. General (común a varios ámbitos del derecho); Costa Rica. Profesional en derecho de la Corte Suprema de Justicia encargado de estudiar y asistir en cuanto a asuntos jurídicos y preparar proyectos de sentencia para los magistrados de las diferentes salas.

    Reglamento 39 de 2001, de puestos de confianza en el Poder Judicial, de Costa Rica, art. 1.b).
    ➤ letrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo: 
  • Dicho diccionario (DPEJ) proporciona los siguientes sublemas:
    letrado de Cortes;

    letrado de la Seguridad Social;
    letrado del Tribunal de Cuentas.
  • Respecto a la palabra en inglés esquire, el Libro rojo remite a la abreviatura esq.
    Esq.[Legal] Forma abreviada de esquire, empleada detrás del nombre completo como título de cortesía por los abogados y otros juristas, más o menos de la misma forma en que los médicos de habla hispana suelen anteponer a su nombre el título de Dr. (doctor).
    Cabe mencionar a modo de ejemplo la tarjeta de visita del abogado estadounidense Roman J. Israel, Esq., papel interpretado por Denzel Washington en la película de mismo nombre y dirigida en 2017 por Dan Gilroy. En función del contexto, podría equivaler a Maître (Me) en francés, y «señor letrado» o «letrado» en el ámbito judicial español.

– Términos en inglés, ambiguos y de traducción difícil o engañosa en español, según Fernando A. Navarro.

  • attorney = apoderado (forma abreviada de attorney in fact). Ejemplos: by attorney (por poderes, por poder), letter of attorney o power of attorney (poder, poder notarial).
  • attorney [Estados Unidos] abogado (forma abreviada de attorney at law). Ejemplos: court-appointed attorney (abogado de oficio), prosecuting attorney (fiscal). Su equivalente en inglés británico es barrister o solicitor, según el tipo de abogado de que se trate.
  • solicitor [en el ámbito legal en Gran Bretaña] En inglés británico, el término solicitor puede corresponder a ‘procurador’, ‘abogado’ o ‘notario’, pero siempre como profesión liberal con clientes particulares. Cabe mencionarse que en el Reino Unido distinguen entre barrister (advocate solo en Escocia), que es el abogado especializado en la representación procesal de sus clientes, y solicitor, que es el abogado especializado en la redacción de documentos legales y el asesoramiento legal a particulares y empresas sobre diversos asuntos (derecho de familia, sucesiones, contratos, sociedades, entre otros), por lo general no litigiosos. En español se llama a ambos igual: abogado. También en inglés norteamericano suelen llamar a ambos igual: attorney. La diferencia existente entre solicitor y lawyer se explica más abajo.
  • solicitor [en el ámbito legal en Estados Unidos] En el inglés estadounidense, el solicitor es el funcionario municipal que se ocupa de los asuntos legales o jurídicos.
  • solicitor [en el ámbito económico en Estados Unidos] En el inglés estadounidense, además, solicitor puede significar también ‘representante’ o ‘vendedor a domicilio’.
  • lawyer o legal practitioner. Puede traducirse al español por «abogado» o «letrado», aunque es un término más amplio, puesto que abarca no solo a todos los abogados (esto es, attorneys en los Estados Unidos; barristers y solicitors en el Reino Unido), sino también a cualquier persona que haya estudiado derecho o ejerza cualquier profesión jurídica: juristas y jurisconsultos, jueces, fiscales, profesores de derecho, etc. En español, el término englobador equivalente más aproximado es en ocasiones «jurista».
  • Attorney General. En los Estados Unidos, corresponde a lo que en España se llama «ministro de justicia»(o, en algunos países hispanoamericanos, ‘procurador general’). En el Reino Unido, corresponde a lo que en España se llama «fiscal general del estado».

5. Interrelación cultural:

  • Podemos mencionar el libro Cien abogados en el cine de ayer y de hoy (2010) de Ernesto Pérez Morán y Juan Antonio Pérez Millán.

F: 1. DLE (consulta: 30.11.2025); Didacterion (consulta: 31.05.2020); COR (1987), pp. 20-21. 2. CORDE (consulta: 28.05.2020); NTLLE (consulta: 31.05.2020); DHLE (consulta: 30.11.2025). 3. DPEJ (consulta: 30.11.2025). 4. DEJ (consulta: 31.05.2020); DPEJ (consulta: 30.11.2025); UEM – https://universidadeuropea.com/blog/diferencia-entre-letrado-y-abogado/, https://universidadeuropea.com/blog/diferencias-abogado-procurador/ (consulta: 30.11.2025); Cosnautas/Libro rojo (consulta: 27.05.2020); IMDb (consulta: 30.11.2025); FCB. 5. Eusal (consulta: 19.05.2024).

SIN:
F:

RC: acción colectiva, derechos humanosfallo, juez, za, juicio, juicio a puerta cerrada, magistrado, da, sentencia, veredicto.